Ventana de traslado estaría protegida si la Corte tumba la reforma pensional
Conforme pasan los días, la expectativa en el país por saber qué pasará con la reforma pensional sigue aumentando, dado que inicialmente se habló de que no pasaría el filtro de la Corte Constitucional ante los vicios de trámite que se conjugaron durante su aprobación en el Senado y ahora se dice que el alto tribunal estaría replanteando su ponencia negativa para este proyecto.
Mientras tanto, un tema que sigue generando debate en el país es saber qué pasará con la ventana de traslado pensional, la oportunidad que se abrió desde julio pasado para que cerca de 900.000 personas puedan saltar de Colpensiones a los fondos privados o viceversa, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, como tener más de 47 años y más de 750 semanas cotizadas para el caso de las mujeres.

Mientras tanto, un tema que sigue generando debate en el país es saber qué pasará con la ventana de traslado pensional, la oportunidad que se abrió desde julio pasado para que cerca de 900.000 personas puedan saltar de Colpensiones a los fondos privados o viceversa, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, como tener más de 47 años y más de 750 semanas cotizadas para el caso de las mujeres.
Para el caso de los hombres, hay que tener más de 52 años y al menos 900 semanas cotizadas (al 30 de junio de este año). Esto se puede, gracias a que quedaron cobijados en el régimen de transición y no les aplica la nueva reforma. Hasta el momento, poco más de 100.000 personas pidieron su traslado y casi la mitad tiene el aval para hacerlo.
Actualmente, en la antesala a lo que decida la Corte Constitucional, hay un aspecto que ha generado gran inquietud y es precisamente saber qué pasará con aquellos que ya tienen el aval para cambiarse de régimen en caso de que la reforma pensional se caiga, dado que dependiendo de lo que decida este tribunal, las consecuencias podrían variar.
Acá hay que decir que expertos en derecho constitucional, como el exmagistrado de la Corte Constitucional Luis Guillermo Guerrero Pérez, han señalado que, incluso si la Corte tumba la reforma, los traslados ya efectuados difícilmente se revertirán, pues están protegidos por el principio de confianza legítima y la seguridad jurídica.
“La regulación de los efectos de las sentencias está en la ley estatutaria del Ministerio de Justicia, y dispone que, por regla general, esas decisiones de la Corte tienen efectos hacia el futuro, o sea, las decisiones de inexequibilidad que expida la Corte Constitucional tienen efectos hacia el futuro, a menos que la Corte expresamente decidiera una cosa distinta”, explicó este experto.
La oportunidad de traslado pensional, como también se le conoce a la ventana, busca que las personas puedan evaluar si les conviene más el régimen de prima media o el de ahorro individual, teniendo en cuenta que bajo conceptos como el salario influyen en la mesada que entregan un lado y el otro. El plazo para solicitar el traslado de régimen pensional es hasta julio de 2026 y hasta el momento van 97.147 solicitudes de doble asesoría y 51.000 de traslado, de las que se aprobaron 48.248.
El gran interrogante en este momento es qué sucederá con la ventana de oportunidad de traslado, puesto que si bien decretar efectos hacia el futuro (ex nunc) es la opción más probable y con ello la sentencia de inexequibilidad solo aplicaría desde el momento en que la Corte emita su fallo; también se puede decidir que sea retroactiva (ex tunc) y con ello ordenar que se revisen los traslados aprobados.
Bibliografía
Naranjo, D. H. (2025, marzo 12). Ventana de traslado estaría protegida si la Corte tumba la reforma pensional. Portafolio. https://www.portafolio.co/economia/empleo/que-pasara-con-los-colombianos-que-se-acogieron-a-la-ventana-de-traslado-pensional-625645