DEVOLUCIÓN DE
APORTES

Muchos docentes del Decreto 2277 cotizaron además en el Seguro Social, Colpensiones o fondos privados. Esos aportes pueden recuperarse mediante indemnización sustitutiva en Colpensiones o devolución de saldos en fondos privados. Esto aplica cuando se cumple la edad de pensión pero no se alcanzan las semanas mínimas (1.300 en Colpensiones o 1.150 en AFP). Si se cumplen los requisitos, incluso puede solicitarse otra pensión con base en esos aportes, garantizando el aprovechamiento total de lo cotizado.

Scroll al inicio
Ir arriba